PATRICIA FERNÁNDEZ MONTERO Madrid 25 NOV 2018
Tal día como hoy, 25 de noviembre, se conmemora el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Esta jornada se rememora a nivel global después de que en este mismo día, en 1960, tres mujeres y hermanas de origen dominicano, Minerva, Patria y María Teresa Mirabal, fuesen asesinadas por orden del dictador Rafael Leónidas Trujillo, del que eran opositoras.

Desde entonces, esta jornada tan significativa visibiliza y da cobertura a una lucha que, sin embargo, es diaria: la erradicación de todos los tipos y formatos de la violencia contra la mujer. En este sentido, numerosos colectivos y asociaciones unen sus fuerzas en pro de denunciar los escollos sociales, institucionales y educativos que perpetúan la vulneración de los derechos de las mujeres.
Sin embargo, dentro de este marco violeta, en los últimos años el foco ha comenzado a puntualizar la existencia de unas víctimas que, debido a la falta de concienciación y medidas legislativas y ejecutivas efectivas, eficientes y eficaces, han permanecido a la sombra de los ultrajes de la violencia machista: las niñas y niños que son víctimas directas de la violencia de género.
En este sentido, el Convenio de Estambul del 11 de mayo de 2011 definía la violencia contra las mujeres como “una violación de los derechos humanos y una forma de discriminación contra las mujeres”. Tres años más tarde, el 6 de junio de 2014, el Estado español lo ratificaba.
Cabe destacar que el artículo 26 del tratado es dedicado a la “protección y apoyo a los menores expuestos”. En esta línea, se establece la necesidad del reconocimiento “de los derechos y necesidades de los menores expuestos a todas las formas de violencia incluidas en el ámbito de aplicación del presente Convenio”.
Sin embargo, en el año 2014 el estado español fue condenado por el Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer por no proteger a la hija de siete años de Ángeles González Carreño, víctimas de violencia de género, a la que el padre asesinó pese a las 30 denuncias interpuestas por Carreño. El asesino mató a la menor durante un régimen de visitas no vigiladas interpuestas por un juzgado de Madrid.

Este dictamen supuso la primera vez en el que un tribunal internacional condenaba a España de manera vinculante por negligencia en materia de violencia de género. Sin embargo, en el año 2016, la Audiencia Nacional exculpaba al estado español y le negaba a Ángela la indemnización por el asesinato de su hija. Hasta que, finalmente, el pasado mes de julio el Tribunal Supremo condenó a España a indemnizar con 600.000 euros a Carreño.
En esta línea, el panorama es desolador, pues solo en el año 2017 según el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ocho menores fueron asesinados por violencia de género y veintiséis se quedaron huérfanos después de que sus madres fuesen asesinadas. Por ello, pese a que en el año 2015 se produjo una reforma de la Ley de Protección a la Infancia y a la Adolescencia para que los menores fuesen reconocidos como víctimas de la violencia de género, las cifras continúan siendo escalofriantes.

Este paradigma evidencia de la falta de capacidad del estado español para proteger a las víctimas de la violencia machista. Como es el caso de las dos niñas, de tres y seis años, que fueron asesinadas el pasado 25 de septiembre a manos de su padre en Castellón. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana informó de que existían dos procedimientos abiertos contra el maltratador. Además de una orden de alejamiento que le fue denegada a la madre de las dos niñas hasta en dos ocasiones.
En este sentido, la necesidad de protección de los menores se hace cada vez más necesaria en un escenario en el que la intervención del estado les ha condenado a ser asesinados a manos de sus progenitores. El cumplimiento del Convenio de Estambul en particular y de los derechos humanos en general continúan siendo una asignatura pendiente para el estado español.